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Detalle de la reja de Miraconcha: pájaro en el nido

Estatutuak·Estatutos

Estatutos de la Asociación Donostiarra de Comunidades y Vecinos del Paseo de Miraconcha.

CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

Artículo 1. Denominación

Con el nombre de Asociación Donostiarra de Comunidades y Vecinos del Paseo de Miraconcha se constituye una entidad apolítica y sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones vigentes.

Artículo 2. Fines

La Asociación tiene como fines principales:

  • Fomentar la comunicación entre las Comunidades de Vecinos, el Ayuntamiento y otras entidades públicas y privadas, para mantener limpia la zona, libre de residuos y suciedad, vertidos insalubres y todos aquellos elementos que perjudican y perturban la vida cotidiana de los vecinos, e incumplen las normativas municipales, en pro de que el Paseo de Miraconcha sea un ejemplo del civismo y calidad de vida que caracterizan a la ciudad de Donostia / San Sebastián.
  • Defender los intereses generales de los habitantes del Paseo de Miraconcha y proponer y participar en la creación y redacción de normativas municipales, tendentes a facilitar la fluidez de la circulación rodada, peatonal y de bicicletas, y el acceso a las viviendas y garajes de los edificios que lo integran.
  • Promover la consecución de cualesquiera otros objetivos que las Comunidades y los Vecinos establezcan en aras de la calidad de vida, salubridad y limpieza de la zona.
  • Proponer mejoras urbanísticas, así como participar y recibir información sobre aquellos proyectos de actividades deportivas, sociales y culturales que vayan a tener lugar en el entorno de proximidad, ya sea a iniciativa del propio Ayuntamiento o de otras entidades públicas y privadas.
  • Representar a las Comunidades y a los vecinos ante las administraciones públicas y otras entidades privadas, cuando sea conveniente y necesario.
  • Difundir información sobre las actuaciones de la Asociación en los medios de comunicación, redes sociales y otras vías que se estimen convenientes, o bien directamente, o a través de profesionales especialistas en esos soportes contratados a tal efecto.
  • Colaborar en las actividades culturales, deportivas y recreativas que se realicen en las áreas de proximidad.

Artículo 3. Domicilio y Ámbito

El domicilio social se establece en el Paseo de Miraconcha nº 5 bis, piso 2º E, 20007 Donostia / San Sebastián.

El ámbito territorial de actuación de la Asociación comprende el Paseo de Miraconcha y sus zonas de proximidad, como la zona de La Perla y el paseo de la Concha, los jardines de Ardeldi Eder, llegando hasta el edificio del Ayuntamiento, por ser esta zona la continuidad del propio Paseo de Miraconcha, que forma un espacio conjunto de ocio y actividades.

CAPÍTULO II: ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 4. Órganos de Gobierno

La Asociación será gestionada y gobernada por:

  • La Asamblea General (Órgano supremo).
  • La Junta Directiva (Órgano de gestión permanente).

Artículo 5. La Asamblea General

La Asamblea General estará constituida por las personas que ostenten en cada momento la presidencia de las Comunidades de Vecinos integradas en la Asociación y por aquellos vecinos propietarios o arrendatarios residentes, cuyos contratos de arrendamiento tengan un plazo de obligado cumplimiento de más de un año, que se adhieran independientemente de su Comunidad.

La Asamblea se reunirá, con carácter Ordinario, una vez al año, preferiblemente en el mes de Julio, y con carácter Extraordinario, cuando lo solicite la Junta Directiva o un 30% de quienes ostenten en ese momento la presidencia de las Comunidades y Vecinos asociados. Para el cálculo de ese 30% se sumará el nº total de vecinos de cada una de las comunidades asociadas, más los vecinos independientes, cuya suma total formará el 100%, y el número de solicitantes se calculará de igual forma, sumando los vecinos de las Comunidades solicitantes y los vecinos independientes solicitantes. Las convocatorias se enviarán con un mínimo de 15 días de antelación.

Artículo 6. La Junta Directiva

La Junta Directiva estará formada por, al menos:

  • Un/a Presidente/a (Representación legal).
  • Un/a Secretario/a (Custodia de actas y documentos).
  • Un/a Tesorero/a (Control del presupuesto y cuentas).
  • Vocales (Apoyo en áreas específicas del Paseo de Miraconcha y sus zonas aledañas).

El mandato de los cargos de la Junta Directiva tendrá una duración de 1 año, pudiendo ser reelegidos o nombrarse a otras personas dentro del ámbito de la Asociación, para el siguiente ejercicio.

Estos cargos podrán ser asumidos por personas físicas que ostenten la presidencia de las Comunidades de Vecinos asociadas o bien por vecinos independientes propietarios de una vivienda en el Paseo de Miraconcha, pertenecientes a Comunidades de Vecinos no asociadas.

CAPÍTULO III: DE LOS SOCIOS Y SOCIAS

Artículo 7. Admisión

Podrán formar parte de la Asociación todas las personas físicas, mayores de edad, que ostenten la presidencia de las Comunidades de Vecinos asociadas, que serán quienes tramiten la admisión de los vecinos de su Comunidad. Podrán también ser socias aquellas personas que sean propietarias o arrendatarias de una vivienda en el Paseo de Miraconcha (esté o no asociada la Comunidad a la que pertenezca), que lo soliciten voluntariamente por escrito o por correo electrónico, o bien a la Asociación directamente a través de su página web u otros sistemas On-Line, o a quien ostente la presidencia de su Comunidad de Vecinos, si estuviera asociada, que comunicará el Alta a la Junta Directiva para su inscripción.

Artículo 8. Derechos de los Socios

  • Votar y ser elegidos para cargos directivos, a propuesta de la presidencia de su Comunidad de Vecinos.
  • Participar en las asambleas generales con voz y voto.
  • Disfrutar de las actividades que organice la entidad.
  • Recibir información puntual sobre la gestión y las cuentas.

Artículo 9. Deberes de los Socios

  • Abonar las cuotas periódicas fijadas por la Asamblea.
  • Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos adoptados.
  • Colaborar en el buen funcionamiento de las actividades de la zona del Paseo de Miraconcha y las zonas aledañas.

CAPÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 10. Patrimonio Inicial y Recursos Económicos

La Asociación nace sin patrimonio fundacional. Sus recursos económicos previstos serán:

  • Las cuotas de los socios.
  • Las subvenciones públicas o privadas.
  • Donaciones y legados legalmente aceptados.
  • Ingresos derivados de actividades propias autorizadas.

El cierre del ejercicio económico coincidirá con el año natural, finalizando el 31 de diciembre de cada año.

La Asociación podrá contratar a una Gestoría para llevar las cuentas y cumplir rigurosamente la normativa fiscal a estos efectos.

CAPÍTULO V: DISOLUCIÓN

Artículo 11. Disolución

La Asociación se disolverá por voluntad de los socios mediante acuerdo adoptado en Asamblea General Extraordinaria convocada específicamente para tal fin, con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes o representados. Para la cuantificación de las dos terceras partes, se adoptará el mismo sistema de recuento del artículo 5 de estos Estatutos para convocar la Asamblea General Extraordinaria.

En caso de disolución, el patrimonio neto resultante se destinará a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines similares en el municipio.

En Donostia / San Sebastián, a 25 de julio de 2026.

(Firma de al menos tres de los promotores o miembros de la Junta Directiva fundacional al margen de cada página y al final del documento.)